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El gobierno nacional mediante la ley financiamiento 1943 de 2018, se pronunció respecto a los documentos recibidos como facturas generados por los sistemas POS, los cuales, a partir del 1 de enero de 2019, no serán reconocidos como soporte fiscal para costos, deducciones e impuestos descontables.
El informe de gestión presentado por el representante legal y/o Junta Directiva debe contener una información puntual.
Los aportes a sistema de Seguridad Social para trabajadores independientes se deben realizar bajo una serie de parámetros que se establecieron.
De acuerdo con la Resolución Número DDI-000601 (enero 15 de 2019) se establecen los nuevos agentes de retención quedando en tres grupos.
La Ley 1949 del 8 de enero de 2019; sancionada por la presidencia de la república, tiene la finalidad de otorgar nuevas facultades de inspección, vigilancia y control a la Superintendencia Nacional de Salud, fortaleciendo su capacidad institucional de sancionar a las personas jurídicas sujetas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, y personas naturales, quienes figuren como funcionarios responsables de la administración y manejo de los recursos del sector salud.
Teniendo en cuenta que en la Circular Externa No. 04 de 2017 de la Superintendencia de la economía solidaria, se imparten las instrucciones para la administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (SARLAFT) en las organizaciones solidarias vigiladas por la superintendencia de la economía solidaria y que por medio de la Circular Externa N° 10 del 31 de Julio de 2017 se modifican los plazos para la implementación.