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El COVID -19, ha afectado a más del 30% de la población del mundo; en Colombia en la actualidad hay más de 6500 casos y al menos 290 personas fallecidas como consecuencia del virus. Es por ello que el Gobierno Nacional adoptó como medida de contingencia, el aislamiento obligatorio, desde el 24 de marzo y hasta el 11 de mayo de 2020; situación que puso en vilo al sector productivo de la economía, sector que se vio abocado a tomar decisiones en lo que se relaciona a la situación laboral de sus trabajadores
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 568 de 2020, por el cual se crea el impuesto solidario por el COVID 19, dentro del Estado de Emergencia, Social y Ecológica dispuesto en el Decreto Legislativo 417 de 2020.
La Secretaría de Hacienda Distrital emitió la Resolución N° SHD-000215 del 20 de abril de 2020, por la cual se modifica la Resolución No SDH – 000190 del 22 de noviembre de 2018, que estableció los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Resumen compilación de Decretos y normas donde se modifican los plazos para cumplimiento de registros ante la Cámara de Comercio, presentación estados financieros Supersociedades y presentación y pagos de determinadas obligaciones fiscales a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; a causa de la declaratoria de emergencia sanitaria derivados de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud - OMS del Coronavirus – COVID-19 y Decretada por la Presidencia de la República en el territorio nacional mediante el Decreto de Estado 417 el pasado 17 de marzo de 2020.
De antemano esperamos que todos ustedes y sus colaboradores estén tranquilos y saludables, acatando las directrices del Gobierno Nacional para proteger a toda nuestra comunidad. Ante la situación de emergencia que ha sido decretada, queremos confirmarles que nuestra Firma continúa prestando todos sus servicios a nivel nacional.
El pasado 22 de noviembre de 2019 La Superintendencia de Sociedades emitió circular solicitando a los representantes legales, contadores, revisores fiscales, sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales, la presentación de los estados financieros y otros informes correspondientes al año 2019, en los términos y condiciones de la Circular Externa No. 201-000008