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Mediante el Acuerdo 066 del 2017 el municipio de Medellín, expidió la norma sustantiva aplicable a los tributos vigentes; en el cual definió como Impuesto Predial Unificado, el gravamen real que recae sobre los bienes raíces ubicados dentro del Municipio de Medellín; en el que el sujeto pasivo del impuesto es toda persona natural, jurídica y cualquier otro tipo de ente o figura contractual, propietaria o poseedora de predios ubicados en la jurisdicción del Municipio de Medellín.
El impuesto vehicular en Antioquia es un tributo departamental, es decir, que la Gobernación de dicho departamento es la que establece la normativa correspondiente para toda ciudad y municipio, incluyendo a la ciudad de Medellín. Siendo, el impuesto vehicular un impuesto que debe pagar todo propietario de un vehículo que esté matriculado en algún organismo de tránsito del departamento de Antioquia.
La Ley 996 de 2005 o Ley de Garantías Electorales promueve el ejercicio equitativo y transparente de la democracia representativa y fue expedida para asegurar que la contienda democrática se cumpla en condiciones igualitarias y transparentes para los electores. De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 996 de 2005, el objeto de esta es definir el marco legal dentro del cual debe desarrollarse el debate electoral a la Presidencia de la República, garantizando la igualdad de condiciones para los candidatos que reúnan los requisitos de ley. Igualmente se reglamenta la Participación en política de los servidores públicos y las garantías a la oposición.
Mediante la expedición de la Resolución 885 de 2023, la UGPP indica los requisitos y procedimiento para la aplicación de la reducción de sanciones incluida en la ley 2277 de 2022. Así las cosas, definió que los beneficiarios de la reducción transitoria de sanciones al veinte por ciento (20%) del monto propuesto o determinado con su respectiva actualización, serán los aportantes y/o administradoras del sistema de la protección social que cumplan los siguientes requisitos...
El pasado 14 de abril de 2023 la Secretaría Jurídica Distrital, expidió la Circular 013 de 2023 informando una modificación de las instrucciones a las Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que se encuentran bajo la inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, para la elaboración y presentación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
El pasado 22 de noviembre de 2022, la Superintendencia de Sociedades, expidió la Circular Externa 100-000012, la cual establece la solicitud de la información financiera y del informe 42- Prácticas Empresariales.