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El pasado 08 de noviembre de 2022 la Secretaría Jurídica Distrital expidió la Circular No. 058, informando a los representantes legales, revisores fiscales y contadores (as) de corporaciones, asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro (ESAL), que están bajo la inspección, vigilancia y control de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, así como entidades distritales con competencia de inspección, vigilancia y control de dichas entidades sin ánimo de lucro (ESAL), las instrucciones para la elaboración y presentación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial – PTEE.
De acuerdo con el calendario tributario distrital de Barranquilla, contenido en la Resolución No. 03 de 2022 de la Secretaría de Hacienda, el impuesto predial unificado de la vigencia 2023 se podrá pagar con un descuento del 10% por pronto pago hasta el 31 de marzo y con un descuento del 5% hasta el 31 de mayo. La fecha límite para pagar el impuesto sin incurrir en mora es el 30 de junio. A partir del 1 de julio empezarán a correr intereses teniendo en cuenta la tasa vigente al momento de cada pago.
La Contaduría General de la Nación (CGN) publicó las Resoluciones 338, 339, 340 y 341 de 2022*, por las cuales se modifican los catálogos generales de cuentas de los marcos normativos del régimen de contabilidad pública. Estos cambios responden a la actualización de las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos de las entidades del sector público; las solicitudes de modificación recibidas de las partes interesadas; y la revisión interna de la CGN.
El pasado 27 de enero de 2023, la Secretaria de Hacienda Distrital, mediante comunicado de noticias declaró contingencia para la presentación y pago de ICA preferencial y ReteICA bimestre 6 a causa de los inconvenientes generados por la intermitencia presentada en el sistema señalando: “producto de los inconvenientes técnicos en la plataforma SiCapital de la SDH, ocasionados por la alta demanda de los contribuyentes...
El informe de gestión es un instrumento de consolidación de la información general de un ente económico, en el cual se da cuenta de los logros, metas, procesos y dificultades de la gestión en un período determinado de tiempo. Actualmente, por normativa comercial el informe de gestión se debe aplicar a todo tipo de estructura societaria, incluyendo entidades sin ánimo de lucro, entidades de economía solidaria y empresas que hacen parte del Estado. Este informe se deberá considerar dentro de la vigencia del 1 de enero a 31 de diciembre de cada año, siendo emitido por el representante legal y si aplica, por el respectivo órgano de administración, ante su máximo órgano de Gobierno.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022, en el que estableció los plazos para que los contribuyentes y responsables de impuestos nacionales cumplan con sus obligaciones tributarias sustanciales y formales en 2023.