Page 18 - Revista El Komunicador VI
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ANÁLISIS TRAS SU EXPEDICIÓN

                                                                 Son varios los impactos generados con la reducción
                                                                 de la jornada laboral tras la expedición de la presente
                                                                 ley en materia empresarial, sector en el cual, no ha
                                                                 sido recibida con aceptación, dada la difícil situación
                                                                 laboral, social, fiscal y económica por la que atraviesa
                                                                 el país a raíz de la pandemia generada por COVID-19;
                                                                 apaciguando  así  la  reactivación  económica  y  de  las
                                                                 empresas, lo cual podría generar una mayor cifra de
                                                                 desempleo y crecer la informalidad. Lo anterior, dado
                                                                 que,  un  empleador  del  sector  fabril  que  estaría
                                                                 perdiendo 6 horas semanales y 312 horas al año de
                                                                 un trabajador, razón por la cual, debe garantizar el
                                                                 mismo  volumen  de  producción  aun  cuando  cuente
                                                                 con menos tiempo de sus colaboradores, esto, podría
                                                                 generar  pérdidas  tanto para  la  empresa como  para
            DERECHOS        ADQUIRIDOS         DE     LOS        sus asociados y compradores. Dando la iniciativa a las
            TRABAJADORES:                                        empresas a tomar vías más económicas y razonables
                                                                 a sus utilidades, implementando el trabajo por horas
            Es importante señalar que el objeto de la  ley es    alejándose  del  cumplimiento  Constitucional  y
            respetar todas las normas y principios que protegen al   normativo,  encaminado  en  la  función  social  con  el
            trabajador  para  tal  efecto,  la  disminución  de  la   estado y los trabajadores.
            jornada  de  trabajo  no  implica  la  reducción  de  la
            remuneración salarial ni prestacional, como tampoco   En ese sentido pone en riesgo la competitividad y el
            el  valor  de la  hora de trabajo  ni  las  obligaciones   desempleo, que hoy está por las nubes en Colombia,
            adquiridas con los trabajadores.                     pues, sin reducir aún la jornada, hemos alcanzado el
                                                                 12,3 %, a agosto del 2021. De igual forma, a causa
            REFORMA EXTENSIBLE:                                  de  la  disminución  laboral  se verían  expuestas las
                                                                 empresas en buscar tecnologías de reemplazo para la
            A partir de la  entrada en vigor de la  presente  ley,   suplir el tiempo perdido que al final se materializa en
            todos los artículos del Código Sustantivo del Trabajo   pérdidas  de empleos,  búsqueda  de economías  que
            (CST)  y  demás  normas  concordantes  que  hagan    manejen mano de obra más económica que al final
            referencia  a  la  jornada  semanal  de  48  horas,  se   repercute en  la  informalidad,  fuga  de  capitales y
            entenderán como jornada  laboral  de 42  horas       desvalorización  de la  moneda;  disminuyendo
            semanales dada la aplicación gradual que se consagra   significativamente  la  competencia  de  estas
            en el artículo 3 de la presente ley.                 compañías.

            CAMBIOS ADICIONALES:                                 Finalmente,  si  bien  la  disminución  de la  jornada
                                                                 laboral  no  será  inmediata,  los  empleados  que
            La  reducción  de  la  jornada  laboral  de  que  trata  la   actualmente laboren la jornada máxima legal deberán
            presente ley excluye para el empleador la obligación   iniciar  a  explorar  alternativas  que  les  permita  estar
            de tener un día de la familia semestral (Ley 1857 de   dispuestos para  adoptar  sus  turnos de  trabajo, con
            2017),  y también  la  de destinar dos horas para    base en  las  necesidades del  objeto  social  y  sus
            actividades  recreativas,  culturales,  deportivas  o  de   servicios, así como programar los posibles aumentos
            capacitación  cuando  la  empresa tiene más  de  50   en la nómina.
            trabajadores que  laboran  la  jornada  de 48  horas
            (Art.21 Ley 50 de 1990).


            QUIÉN REGULA LA APLICACIÓN A LEY:
            El  Gobierno Nacional  en cabeza del  Ministerio  del
            Trabajo,  realizará dentro  de los  cinco  (5)  años
            siguientes a la entrada en vigor de la presente ley,
            una evaluación de su cumplimiento, así mismo tendrá
            un  papel  clave en  la  implementación  de la  norma,
            realizando mesas técnicas y desarrollando programas
            y soluciones que permitan fortalecer la productividad
            laboral, cuidando la rentabilidad de las empresas.
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